Prescripción de deudas en Colombia: ¿Cuánto tiempo caducan las obligaciones?

Prescripción de deudas en Colombia: ¿En cuánto tiempo caduca una obligación bancaria?

En el complejo mundo de las finanzas personales, es común que muchas personas se pregunten qué sucede cuando pasan meses o años sin poder pagar una obligación con una entidad financiera. La incertidumbre sobre las llamadas de cobranza, el reporte en centrales de riesgo y el miedo a una posible demanda genera mucha ansiedad. Sin embargo, en Colombia existe un concepto legal fundamental para estos casos: la prescripción de deudas.

Entender cómo funciona la prescripción de deudas en Colombia es vital para conocer tus derechos y evitar caer en engaños o presiones indebidas por parte de las casas de cobranza.

¿Qué es la prescripción de una obligación bancaria?

La prescripción es una figura jurídica que extingue las acciones legales del acreedor para exigir el pago de una deuda debido al paso del tiempo. En términos sencillos, es el periodo máximo que tiene un banco o una entidad financiera para iniciar un proceso judicial ejecutivo en tu contra. Si este tiempo se cumple y el banco no ha tomado acciones legales, la deuda “prescribe” y pierde su exigibilidad jurídica.

Es crucial aclarar un punto: la prescripción no significa que la deuda desaparece mágicamente. La obligación sigue existiendo, pero el acreedor pierde el derecho de obligarte legalmente a pagar a través de un juez.

¿Cuánto tiempo tarda en caducar una deuda?

En Colombia, el tiempo para que una deuda prescriba no es universal, ya que depende del título valor en el que esté soportada la obligación. La mayoría de las deudas bancarias (tarjetas de crédito, créditos de libre inversión, créditos hipotecarios) están respaldadas por pagarés, los cuales se rigen por el Código de Comercio.

Los plazos generales son:

  • Prescripción de la acción cambiaria (ejecutiva): Por regla general, la acción ejecutiva derivada de un pagaré prescribe a los tres (3) años contados a partir de la fecha de vencimiento de la obligación. Esto significa que el banco tiene tres años para demandarte ante un juez civil.
  • Prescripción ordinaria: Si el banco no ejerció la acción ejecutiva en tres años, podría intentar una acción ordinaria, pero esto es poco común en el sector financiero debido a los costos y la complejidad del proceso.

Factores que interrumpen la prescripción

Este es el punto donde muchos deudores se confunden. El contador de tiempo de los tres años puede reiniciarse por varios factores:

  1. Notificación de demanda: Si el banco te notifica oficialmente sobre una demanda ejecutiva antes de que se cumplan los tres años, el tiempo se interrumpe y comienza a correr de nuevo.
  2. Abonos a la deuda: Si realizas un pago, por pequeño que sea, o firmas un documento donde reconoces explícitamente la deuda (como un acuerdo de pago o una reestructuración), el plazo de prescripción se interrumpe y se reinicia desde cero.
  3. Cobro jurídico: El simple envío de correos electrónicos o llamadas de casas de cobranza no interrumpe la prescripción. Solo una acción judicial real tiene ese efecto.

El reporte en las centrales de riesgo (Datacrédito y Cifin)

Es importante no confundir la prescripción judicial con el tiempo de permanencia en las centrales de riesgo. Según la Ley 2157 de 2021 (Ley de Borrón y Cuenta Nueva), el tiempo máximo de permanencia en Datacrédito o Cifin es:

  • Si la mora es menor a dos años, el reporte negativo permanecerá el doble del tiempo que estuviste en mora.
  • Si la mora es superior a dos años, el reporte permanecerá por un máximo de cuatro años contados a partir de la fecha en que se canceló la deuda o desde que ocurrió la mora.

¿Qué debes hacer si crees que tu deuda ya prescribió?

Si han pasado más de tres años desde que dejaste de pagar y no has recibido ninguna notificación judicial, la deuda podría haber prescrito. Los pasos a seguir son:

  1. Solicita el extracto: Pide a tu entidad financiera el estado actual de la obligación.
  2. Revisa los plazos: Verifica si desde la fecha de exigibilidad (fecha en que debiste pagar y no lo hiciste) han pasado más de tres años sin acciones judiciales.
  3. Consulta con un abogado: La prescripción debe ser declarada por un juez. No es algo automático que el banco reconocerá por teléfono. Si el banco intenta demandarte después de los tres años, debes contratar un abogado para que proponga la excepción de prescripción ante el juez.

En conclusión, aunque el banco tiene herramientas legales para cobrar, el paso del tiempo actúa a favor del deudor cuando no se ejecutan las acciones pertinentes. Mantente informado y, ante cualquier duda sobre un proceso legal, busca asesoría jurídica especializada para proteger tu patrimonio.

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